9/21/2007

Fórmulas para proteger nuestra vivienda de una crisis hipotecaria







Hora: 11:56 Fuente : Invertia
RAMÓN ARAGONÉS
Invertia.com



La fuerte escalada del Euribor, los nubarrones que se ciernen sobre el sector de la vivienda en nuestro país y los aires de recesión que comienzan a planear sobre las economías occidentales y por nuestro país ha disparado el temor a que se desencadene una oleada de impagos de hipotecas y a que muchos ciudadanos puedan perder su hogar.

Sin embargo, los expertos tranquilizan a los consumidores de que los embargos no se producen de la noche a la mañana sino que previamente existe un amplio proceso negociador que puede durar entre 1 y 3 años. A continuación se detallan algunos consejos para afrontar con calma y eficacia estos procesos y sortear el terremoto hipotecario e inmobiliario que se avecina.

Los primero es familiarizarse con la jerga hipotecaria. Cuando el titular de la hipoteca se retrasa en el pago de las cuotas del préstamo hipotecario, se ve obligado a abonar a la entidad de crédito los denominados intereses de demora, cuyo tipo suele ser muy superior al de los intereses ordinarios. La forma de calcular los intereses de demora figura en la escritura del préstamo, según explica el Banco de España en su “Portal del cliente bancario”.

Para evitar esta espiral, cuando una particular o familia tienen problemas con el pago de la hipoteca, lo primero que debe hacer es ponerse en contacto con el banco y explicarle el problema. A partir de ahí, ambas partes tendrán que estudiar aquellas medidas que permitan hacer más llevadera esta carga, como una ampliación del plazo o el establecimiento de un período de carencia temporal sin pagar cuotas ó solo pago de intereses durante algún tiempo. Leer más sobre como ahorrar miles de euros amortizando bien la hipoteca

En caso de que esta primera solución no sea suficiente lo mejor es recurrir a la refinanciación, visitando otra entidad financiera, que vuelva a estudiar posibles vías de salida. En cualquier caso, si el banco ejecuta la hipoteca de su vivienda familiar por impago declarando vencido el préstamo anticipadamente, puede evitar el embargo y continuar con la hipoteca si deposita en el juzgado el importe adeudado de las cuotas que tenía y no ha podido pagar así como las costas, según explica la entidad Consumer.es. Esta posibilidad sólo la puede utilizar en una única ocasión y en el caso de la vivienda habitual.

En general, las entidades no inician un proceso de ejecución hipotecaria por falta de pago hasta que se producen 90 días de retraso. Es decir que los bancos esperan a que el hipotecado deje sin pagar tres cuotas seguidas y entonces envían la documentación al juez. A partir de ahí se abre un proceso que puede durar de 8 meses a 1 año y concluir hasta tres años más tarde, según los expertos. Incluso, en último término el moroso puede declarse en quiebra acogiéndose a la Ley Concursal aprobada en septiembre dce 2004. En nuestro país, ya han acudido a esta figura jurídica 157 familias.

Según Jorge Castaño, de Gestiondirecta.com, entidad dedicada a la reunificación de créditos, “hay que tener siempre claro que los bancos no tienen ningún interés en quedarse con la vivienda, ya que normalmente le genera muchos quebraderos de cabeza y pocos resultados convertir ese activo en dinero, hasta el punto de que en ocasiones hasta pueden llegar a perder dinero por tal de resolver el entuerto”. Según Castaño, pese a la tormenta financiera que azota al mercado, todavía no se han observado en este sector un repunte repentino de solicitudes de refinanciación digno de ser destacado.

Otros expertos aconsejan a los propietarios de viviendas en dificultades con la hipoteca que no recurran nunca a prestamistas privados ajenos a entidades financieras ya que en muchos casos se producen casos de abuso, incluso intentos de quedarse con el inmueble del afectado al menor precio posible. Por otro lado, otra recomendación para el hipotecado en problemas es que nunca “deje estar” el impago, sino que lo persiga y busque continuamente soluciones, para evitar el fatal desenlace: el embargo.

Otra fórmula de prevenir lo peor con la vivienda es la contratación de un seguro de amortización, mediante el cual la entidad cobraría de la aseguradora el importe de la deuda pendiente en caso de impagos. La cobertura de estos seguros es muy diversa y va desde el fallecimiento, invalidez o desempleo de larga duración.

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